JUNTA DE ANDALUCÍA, CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO – CONVOCATORIA 2026 SUBVENCIONES LÍNEAS 7 Y 8 CONCILIACIÓN VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL

Se adjunta Resolución de 16 de marzo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2026 subvenciones correspondientes a las Líneas 7 y 8 reguladas en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía

Publicada en el BOJA Número 57 de 24 de marzo de 2026.

En el citado BOJA y con la misma fecha se publicó el correspondiente Extracto de la Resolución de Convocatoria de estas subvenciones (también se adjunta).

También se adjunta la Orden con las bases reguladoras de estas subvenciones (Orden de 5 de octubre de 2020), en versión consolidada.

Con esta Resolución de Convocatoria 2026 y su correspondiente Extracto, por tanto, se convocan subvenciones destinadas a:

·         Línea 7. Subvenciones para la elaboración de planes de igualdad a empresas con sede social en Andalucía (que cuenten con un mínimo de 10 personas trabajadoras contratadas y un máximo de 49, conforme al apartado 4.a)1º de las bases reguladoras y que se ajusten a los requisitos establecidos en el apartado 4.a)2º de las bases reguladoras. Se entenderá por empresa cualquier modalidad organizativa que realice la contratación de su personal según la normativa vigente.

Se entienden excluidas las Administraciones Públicas a las que hace referencia la disposición adicional séptima del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, de conformidad con lo establecido en el apartado 4.a)1º del Cuadro Resumen de la línea 7 que se convoca.

·         Línea 8. Subvenciones para la realización de actividades en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral a ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades y consorcios locales, así como entidades públicas vinculadas a los mismos, de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el apartado 4.a)1º del Cuadro Resumen de la línea 8 que se convoca, que se ajusten a los requisitos establecidos en el apartado 4.a)2º del citado Cuadro Resumen.

El plazo de solicitud comenzó el 25 de marzo 2026 y finaliza el 9 de abril de 2026.

Tramitación online.

Toda la información sobre las personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones, conceptos subvencionables, cuantía de las subvenciones, requisitos, documentación a aportar, descarga de formularios, etc., puede visualizarse en el enlace de la Junta de Andalucía que recoge este procedimiento (solamente Línea 7, la dirigida a empresas)