
Se adjunta Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.
Publicado en el BOE Número 309 de 24 de diciembre de 2024.
Aspectos principales:
Objetivo Principal (Art. 1):
Crear la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos y un Registro Único de Arrendamientos para fortalecer la transparencia y supervisión del mercado de alquileres de corta duración.
Ámbito de Aplicación (Art. 3):
Aplica a servicios de alquiler de corta duración ofrecidos a través de plataformas digitales en España, excluyendo aquellos sin remuneración.
Obligaciones para las partes involucradas:
Personas arrendadoras (Art. 5):
Plataformas de alquiler (Art. 6):
Ventanilla Única Digital (Art. 7):
Registro Único de Arrendamientos (Art. 8 y 9):
Impacto y Seguridad Jurídica (Art. 10):
Refuerza la transparencia en el mercado y facilita la lucha contra el fraude en los arrendamientos.
Competencias y Colaboración (Art. 12 y Disposición adicional tercera):
Define las autoridades responsables e incentiva la cooperación entre comunidades autónomas, ayuntamientos y el Colegio de Registradores.
Plazos de Implementación (Disposición final cuarta):
Entrada en vigor el 2 de enero de 2025, con efectos prácticos a partir del 1 de julio de 2025.
Se adjunta, adicionalmente, Nota de Prensa sobre la aprobación de este Real Decreto emitida por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.